El sindicato CCOO ha ganado una sentencia sobre el derecho al teletrabajo de un administrativo del Sescam y ha explicado que los fundamentos de derecho y el fallo judicial son aplicables a todos los empleados públicos de la Junta.
En un comunicado de prensa, el sindicato ha explicado que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Albacete ha declarado el derecho «a la prestación del servicio en régimen de teletrabajo» de un administrativo del Sescam, adscrito al Servicio de Contabilidad y Facturación de una gerencia, que el pasado 23 de junio solicitó teletrabajar el 40 por 100 de su jornada.
La gerencia denegó la solicitud alegando que, según la Administración, su puesto de trabajo «es de atención directa al público y que, por la naturaleza de los servicios que debe prestar, requiere la presencia del empleado», que debe manejar «una cantidad importante de archivos físicos: facturas, albaranes, documentos contables», pero la magistrada ha concluido que no se corresponde con las tareas y funciones que realmente debe realizar el empleado público.
Por un lado, subraya la sentencia que la creciente implantación de las facturas electrónicas en el ámbito de las administraciones públicas «hace que al menos una parte importante de los documentos que tenga que manejar el recurrente sean documentos electrónicos».
Y en cuanto a la atención directa al público, incide en que todas las consultas «pueden llevarse a cabo por medios telemáticos, con lo que se agiliza en tiempo y en desplazamientos» y, en todo caso, puede hacerlo el resto del tiempo que no haga teletrabajo.
CCOO ha explicado que el Gobierno regional puede recurrir esta sentencia pero «lo que no puede dejar de hacer» ni posponer es abrir la negociación para una nueva regulación del teletrabajo en la Administración Autonómica.
El pasado 29 de septiembre se publicó el Real Decreto-ley 29/2020, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Y el sindicato ha recordado al Ejecutivo regional que las administraciones públicas tienen un plazo de seis meses para adaptar su normativa de teletrabajo a lo previsto en este real decreto.