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Así lo ha asegurado la consejera Elena de la Cruz 22/02/2017junio 6th, 2017

La consejera de Fomento, Elena de la Cruz, ha asegurado que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre la normativa urbanística regional atañe a un solo artículo de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (LOTAU) y no afecta al Plan de Ordenación Municipal (POM) de Toledo.

En conferencia de prensa, De la Cruz ha valorado una sentencia del TC emitida el pasado día 16 por el que declara «inconstitucional y nulo» el artículo 36.2 de la LOTAU, que data de 2004, y al que se ciñó el Ayuntamiento de Toledo para aprobar su Plan, que planteaba que no era preciso someter a una segunda información pública el POM.


Precisamente, la sentencia se produce después de que varios particulares de Toledo recurrieran el Plan urbanístico y que supuso el que la Junta, «para evitar susceptibilidades», modificara dicho artículo en el 2009, ha apuntado De la Cruz.

«El fallo de la sentencia es un tecnicismo, contenido en un artículo de la LOTAU aprobada en 2004, que fue reformado en el 2009, y en ningún caso afecta al POM de Toledo que, es más, a día de hoy permanecería vigente», ha remarcado la consejera.

De la Cruz ha apuntado que «esta sentencia afectaría a actos futuros y no tendría efectos retroactivos» y ha dejado claro que «tanto el Ayuntamiento de Toledo como esta Consejería aprobaron el POM ateniéndose a la legislación vigente, de 2004» y que, de hecho, la Corporación toledana lleva un año trabajando en el nuevo POM.

Ha asegurado que su departamento va a realizar «una valoración general» antes de que «se pueda pronunciar el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM)» al que, ha ampliado, «vamos a pedir una aclaración de la sentencia porque no tenemos claro si hay que hacer una nueva modificación al artículo y si está afectado el cambio en el año 2009», toda vez que «la sentencia sólo cuestiona el texto del 2004».

«El fallo no tiene mayor complicación», ha reiterado De la Cruz, «es un tema técnico, no de calado, pero es verdad que suficiente para que unos particulares pusieran una demanda», si bien ha insistido en que «pensamos que en ningún caso tiene efecto retroactivo y a día de hoy el POM de Toledo sigue vigente».

A preguntas de los periodistas, sobre una posible invalidación del POM, ha precisado: «No anticipemos una decisión del TSJCM. Esperemos a que se pronuncie, y en que sentido, porque no vamos a hacer de adivinos», para añadir que «Toledo y ningún otro municipio se queda sin normativa porque hay siempre un POM anterior, no hay vacío y tampoco efecto retroactivo».

«No hay que crear alarma y si mantener la calma, porque ya hemos visto esto en varias ocasiones y, además, el Ayuntamiento de Toledo lleva trabajando ya tiempo en el nuevo POM, en colaboración con la Consejería», ha concluido.

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