El director general de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas, Juan Ignacio Romero, se dirigió el jueves 11 de febrero al secretario general de la Presidencia de Castilla-La Mancha, Rafael Perezagua, para poner en conocimiento de la Junta las discrepancias encontradas por los ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas y el de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a la ley regional que modifica la jornada laboral de los empleados públicos a 35 horas semanales y amplía la edad de jubilación de los funcionarios que lo deseen.
En este sentido, según la documentación a la que ha tenido acceso encastillalamancha.es, con el objetivo de“la búsqueda de la solución adecuada a fin de evitar el recurso de inconstitucionalidad”, Hacienda propone convocar una reunión de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, conocida como la “Comisión Mixta”. En el escrito dirigido a Presidencia también piden que se comunique “con la mayor celeridad la disposición de esa Comunidad Autónoma a participar en este procedimiento”.
La respuesta de la Junta fue inmediata. Al día siguiente, Rafael Perezagua remitía un escrito confirmando y comunicando la disposición de Castilla-La Mancha a participar en la Comisión Bilateral.
Los reparos de los Ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas y de Sanidad y Asuntos Sociales a la citada ley castellano-manchega, aprobada por las Cortes regionales el 3 de diciembre, se refieren a que tanto la duración de la jornada de trabajo como el cálculo de la tasa de la tasa de reposición de efectivos entran en contradicción con lo establecido en la legislación general, que es competencia del Estado.
Así, el escrito de Hacienda refleja que “la jornada general de trabajo ha de ser al menos 37,5 horas semanales en promedio en cómputo anual”, por lo que “no cabe aplicar al personal referido lo dispuesto en el artículo 1” de la ley regional, el que reduce la jornada a 37 horas. La Administración del Estado también pide clarificar el cálculo de la tasa de reposición de efectivos y así lo hace constar en su escrito invocando la legislación general.