El síndico de cuentas ha propuesto a la Junta de Comunidades extremar el control de sus subvenciones, al haber detectado en el ejercicio de 2008 que, aunque con carácter general se cumple la legalidad, falta la comprobación de requisitos de concesión o de control de gasto, entre otros aspectos. El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica el informe de la Sindicatura de Cuentas sobre las ayudas y subvenciones de la Junta para el ejercicio de 2008.
El síndico, en sus conclusiones, indica que «con carácter general, se ha observado el cumplimiento de la legalidad reguladora de la actividad económico-financiera», con algunas salvedades.
Menciona, entre ellas, que en algunas subvenciones no se cumple la concurrencia competitiva al no compararse las solicitudes presentadas.
Señala asimismo que en las bases reguladoras no se concreta ningún sistema de verificación o control posterior para la comprobación del cumplimiento de los requisitos que se hayan establecido para la concesión de la ayuda.
El informe del síndico constata que en la mayoría de los expedientes no consta certificado o declaración responsable de encontrarse al corriente por reintegro de subvenciones o por obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En algunos expedientes el beneficiario no ha justificado la subvención de forma completa, bien por falta de documentos de gasto, de pago o de ambos, y en otras ocasiones se han admitido documentos que no son originales ni copias compulsadas, lo que puede originar una justificación insuficiente.
El síndico de cuentas de Castilla-La Mancha apunta como segunda conclusión que se observa también «el cumplimiento de los principios contables públicos», pero con salvedades, por ejemplo, que el pago anticipado conlleva poner en manos del beneficiario de la subvención un importe muy superior al que efectivamente se ha justificado.
Ante todo ello, la Sindicatura plantea una serie de mejoras de la gestión económico financiera, entre ellas, agilizar los trámites de concesión y que las ayudas tengan reflejo contable en el momento en que se resuelvan.
Propone asimismo extremar el control interno de las subvenciones, a fin de verificar si los beneficiarios cumplen los requisitos exigidos, como también señala que es necesario establecer un procedimiento de justificación de la consecución de los objetivos.
Otra recomendación consiste en establecer en las bases reguladoras el procedimiento para la realización de controles posteriores que verifiquen el mantenimiento, en el tiempo señalado, de las condiciones de actividad e inversión que se requirieron para la concesión.
Deben ponerse en marcha mecanismos de control financiero de las ayudas, que permitan verificar el cumplimiento por el beneficiario de las obligaciones de gestión, aplicación, justificación y financiación, así como la confluencia de ayudas públicas procedentes de distintos ámbitos.
El síndico sugiere que, cuando se produzca el pago anticipado de la subvención, se deba abrir una cuenta corriente independiente de las ordinarias de la persona física o jurídica beneficiaria de la subvención, donde solamente se reflejen los movimientos de la misma.