El Tribunal Supremo ha avalado el Expediente de Regulación (ERE) aplicado en la empresa pública de Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha (Geacam) para cerca de 2.000 trabajadores, en contra de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM).
Según ha informado el Alto Tribunal, el pleno de la Sala de lo Social acordó en pleno el pasado día 13, aunque con el voto particular de varios magistrados, estimar el recurso presentado por Geacam contra la sentencia del tribunal castellanomanchego, que declaró nulo el despido colectivo por considerar que el pacto fue alcanzado en «fraude de ley».
Para el Supremo, sin embargo, no hubo ningún fraude de ley en la negociación durante el período de consultas del despido colectivo, que comprende unas medidas con el menor impacto posible de los afectados, y que no son contrarias al ordenamiento jurídico, en concreto la opción de recolocación diferida.
El ERE fue firmado por la dirección de la empresa con los sindicatos UGT, SATIF y SIBF el pasado 31 de octubre de 2012 y motivó que los empleados no hayan trabajado los meses de noviembre, diciembre, enero y febrero.
Hasta marzo de ese año, 1.740 trabajadores no se reincorporaron para formar parte del dispositivo de incendios de la campaña de 2013.
Ahora, el Alto Tribunal señala que en virtud de ese pacto, la propuesta inicial de extinciones definitivas de contrato formulada por la empresa, tras las negociaciones con los sindicatos, se consolidó en tres opciones para los trabajadores.
Dichas opciones consistían en que lo trabajadores afectados accedan directamente a un sistema de jubilación, a la recolocación diferida a empleo estable o a la baja indemnizada.