El Tribunal Supremo ha declarado la plena validez del Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) que fue acordado en diciembre de 2013, y que sigue actualmente vigente en Liberbank.
La sentencia conocida se refiere al segundo ERTE acordado por Liberbank, CSIF, CCOO y UGT en diciembre de 2013, un Expediente de Regulación de Empleo Temporal que sustituye a un primero que fue anulado por la Audiencia Nacional, por vulnerar la libertad sindical, en su vertiente funcional de negociación.
En concreto, este primer ERTE fue pactado por Liberbank, CCOO y UGT, excluyendo de la negociación al Sindicato de Trabajadores de Crédito (STC-CIC) y a la Corriente Sindical de Izquierdas (CSI).
El segundo ERTE presentado por Liberbank y pactado con los sindicatos fue autorizado por la Audiencia Nacional, aunque la representación de los sindicatos (CSICA, CSI y el Comité de Empresa de Asturias) presentó contra él varios recursos de casación, que ahora han sido rechazados por el Tribunal Supremo.
Para Liberbank, la sentencia supone poner fin a los procesos judiciales relativos a los ERTES, ya que desestima todos los motivos y alegaciones interpuestos por los sindicatos en su contra, y declara la plena validez de las medidas aprobadas por la entidad (hasta junio de 2017) «en todos sus puntos y extremos, incluido el apartado de la suspensión de aportaciones a los planes de pensiones».
Tras conocerse la sentencia, el sindicato CSICA ha declarado que aunque acata la sentencia, ésta no les gusta ni está de acuerdo con el tratamiento que se otorga en la misma a algunos asuntos, especialmente a determinados derechos fundamentales consagrados en la Constitución Española como el derecho a la tutela judicial efectiva o el derecho de defensa.
Por ello, ha dicho que estudiarán la viabilidad de recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional.