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viernes, 22 de noviembre de 2024
Joaquín Echeverría, director general de la Cámara de Comercio de Toledo, en un vídeo en Exposimec.
Joaquín Echeverría, director general de la Cámara de Comercio de Toledo, en un vídeo en Exposimec.
En ayudas de fondos europeos - 23 marzo 2023 - Toledo

El 27 de febrero de 2023, la Audiencia Nacional condenó a dos altos cargos de la Cámara de Comercio de Toledo por «fraude de subvenciones». Joaquín Echeverría, director gerente, y Fernando Sánchez-Beato, secretario general, obtuvieron un «ilícito beneficio empresarial» en la gestión de una subvención concedida por el Fondo Social Europeo.

La sentencia, del Juzgado de lo Penal de la Audiencia Nacional, condena a los dos altos cargos del «órgano de derecho público», a pagar 30.000 euros cada uno por un delito de «fraude de subvenciones», además de perder la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas durante dos meses, como ha revelado El País.


La Justicia ha declarado probado que los dos altos cargos de la Cámara de Comercio de Toledo presentaron una documentación «que no se correspondía con la realidad» para justificar el uso de 800.000 euros de fondos comunitarios. De esta manera, tanto Echeverría como Sánchez-Beato incluyeron «horas no respaldadas por documento alguno», además de repartir una misma actividad laboral a «varias personas simultáneamente», según la sentencia de la Audiencia Nacional.

La Cámara de Comercio de Toledo es una «corporación de derecho público», tal y como establece la Ley 6/2017 que las regula. Es la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Castilla-La Mancha quién ejerce la «tutela» administrativa sobre la Cámara. Fuentes de la Consejería de Economía castellanomanchega han asegurado a encastillalamancha.es que quien tiene que pronunciarse, «es la Cámara de Comercio de Toledo».

Lo que marca el artículo 48 de la citada ley sobre la «tutela» de la Consejería de Economía regional relativa a la Cámara de Comercio es esto: «Las Cámaras están sujetas, en el ejercicio de su actividad, a la tutela del órgano competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha». Queda claro que las funciones de tutela de la Consejería se extienden a la «aprobación, fiscalización, resolución de recursos», aunque solo de «instancias administrativas».

La Cámara de Comercio «no responde» y manda un comunicado

Por ahora, la Cámara de Comercio de Toledo no ha respondido a la demanda de encastillalamancha.es sobre si pedirán la dimisión o no de Echeverría y Sánchez-Beato. En un comunicado, el organismo defiende que «en ningún caso, se ha producido un enriquecimiento personal por parte de los responsables», algo que, a todas luces, es una defensa de los condenados por «fraude de subvenciones».

El comunicado de la Cámara de Comercio sí admite que los condenados tuvieron que pagar 40.750,88 euros a la Comisión Europea después de que una auditoría de la institución comunitaria considerase que «ciertos gastos de personal no eran subvencionables». El organismo empresarial toledano finaliza diciendo que «la sentencia no, no establece en ningún momento que los responsables del proyecto hayan obtenido un beneficio empresarial».

Este es el comunicado íntegro de la Cámara de Comercio de Toledo:

Los hechos juzgados derivan de un expediente de justificación de subvención de un proyecto que se ejecutó cumpliendo todos los requisitos establecidos y alcanzando los resultados y objetivos previstos. En dicha justificación se presentaron documentos en los que se realizaban estimaciones sobre la dedicación del personal al proyecto y que, a juicio de los auditores, se consideraron excesivas. En ningún caso, se ha producido un enriquecimiento personal por parte de los responsables.

1. La Cámara de Toledo presentó el 12 de agosto de 2016 una propuesta en el marco de la convocatoria para el fomento del autoempleo y las iniciativas empresariales.

2. El proyecto fue ejecutado conforme a la solicitud realizada y justificado conforme al manual para la gestión y justificación de proyectos vigente

3. Tras la ejecución del proyecto, la justificación de todos los gastos fue revisada y auditada por el organismo competente. Finalmente, el gasto aprobado subvencionable fue de 1.000.000€. Sobre el total de gastos auditados y aprobados, la subvención devengada por la Cámara ascendió a 800.000 € (80%). Con fecha 7 de marzo de 2019 la Cámara cobro a cuenta 720.000 € (un 90% de la ayuda  aprobada), quedando pendiente el abono de 80.000 €.

4. El informe de auditoría posterior de la Comisión Europea, realizado tras una revisión del proyecto, ordenó un ajuste de 97.439,3 € por considerar que ciertos gastos del personal adscrito al programa no eran subvencionables por lo que la ayuda a percibir se cifró en 679.249,12 €. Dado que la Cámara recibió 720.000 € en concepto de ayuda del Fondo Social Europeo (FSE) por este proyecto, se procedió al reintegro de 40.750,88 €.

5. Una vez completada la auditoría realizada por la Comisión Europea, se decidió dar parte del expediente y de las discrepancias existentes a la Fiscalía Europea, que sostuvo que dichos salarios no podían haberse imputado íntegramente a este proyecto puesto que el desempeño de dichos empleados se compaginaba con su participación en otras tareas y proyectos de la Cámara. En todo caso, la investigación ha acreditado que no se ha producido ninguna desviación de dinero a otros fines distintos a los previstos en el proyecto y que no habido apropiación indebida.

6. La sentencia no establece en ningún momento que los responsables del proyecto hayan obtenido un beneficio personal.

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