A partir de este viernes 18 de febrero, la ciudadanía castellanomanchega ya puede abonar las tasas e impuestos a través de transferencia bancaria. Hoy se recoge la medida en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, como ha informado la Consejería de hacienda y Administraciones Públicas.
Esta novedad en la forma de pago podrá usarse por todas las personas que deban abonar documentos aprobados por la Junta y que estén autorizados para su cobro por las entidades bancarias. Pero existe un condicionante: que las entidades de crédito no sean colaboradoras en la recaudación de impuestos del Gobierno de Castilla-La Mancha. Estas son las entidades colaboradoras.
¿Qué documentos se necesitan?
La nueva norma establece que para poder efectuar el pago mediante transferencia habrá que acceder al portal tributario de la Junta. Ya dentro del portal público, se deben cumplimentar los formularios en los que se especifican los datos del impuesto a pagar.
Para hacerlo, se necesitan:
- NIF del obligado al pago.
- Número de justificantes.
- Importe (obligatoriamente en euros).
- Código de grabación en el caso de autoliquidaciones.
- Las ocho primeras posiciones del IBAN de la cuenta desde la que se va a realizar la transferencia. En caso de que el código de esa cuenta no disponga de IBAN, se harán constar las ocho primeras posiciones del código BIC/SWIFT
¿Cuál es el procedimiento para pagar a través de transferencia?
Tras rellenar todos los datos, aparecerá un Código de Pago por transferencia. Una vez validado el pago a través de este código, se expide el justificante de pago.
El Gobierno de Castilla-La Mancha ya inició en 2017 la instalación de datáfonos en las oficinas de Hacienda, con el objetivo de facilitar los pagos de los impuestos.