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28/07/2013junio 12th, 2017

Los proveedores con facturas pendientes de cobro de la Administración Pública ya pueden consultar si están incluidos en el nuevo Plan de Pago puesto en marcha por el Gobierno para erradicar la morosidad del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

El nuevo Plan está contemplado en el Real Decreto-Ley 8/2013, de 28 de junio, que en su primer tramo está destinado a pagar obligaciones pendientes de conciertos sanitarios, educativos y de servicios sociales, convenios de colaboración, transferencias al Tercer Sector, subvenciones a centro tecnológicos, proveedores de universidades, y transferencias a Entidades locales con proveedores pendientes de pago.


Según explica el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en un comunicado difundido hoy, una vez concluido el plazo del pasado día 19 de julio para la remisión de relaciones certificadas por las entidades locales de obligaciones pendientes de pago y realizadas las comprobaciones por el Ministerio, 3.843 entidades locales han remitido deudas por importe de 1.955.446.831 euros, correspondientes a 424.181 facturas y 52.028 proveedores.

De éstos proveedores 17.419 son autónomos (58.211 facturas), 34.090 Pymes (215.610 facturas) y 519 grandes empresas (150.360 facturas), con importes de 103.286.608, 987.240.135 y 864.920.088 euros, respectivamente.

Así, de cada 100 proveedores con facturas pendientes presentadas por las Entidades Locales, 33 son autónomos, 65 a pymes y 1 grandes empresas.

Las Comunidades Autónomas, por su parte, han presentado 181.211 facturas pendientes por un importe de 3.507.940.265,11 euros. Se abonarán 1.818 millones a conciertos de sanidad, educación y servicios sociales, 1.354 millones a convenios de colaboración, 29 millones a centros tecnológicos, 79 millones a ONG’s y 226 millones a proveedores de universidades.

Estas cifras provisionales no serán definitivas hasta que los proveedores comprueben las relaciones presentadas, a partir de ahora los contratistas deben comprobar si sus facturas, correspondientes a las modalidades incluidas en este tramo, han sido presentadas por las Administraciones Territoriales, y en caso contrario, solicitar un certificado individual para que se incluya.

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Locales explica que, por primera vez, los subcontratistas y el resto de acreedores de los proveedores con facturas pendientes de las Administraciones pueden conocer ya si sus deudores van a cobrar de las Administraciones a través de este mecanismo, y en qué momento.

Para ello, sólo tienen que acceder, a través de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con su certificado electrónico, e introducir su NIF y el del contratista con el que exista una relación declarada.

Con respeto a la normativa sobre protección de datos de carácter personal, la información a la que tenga acceso el acreedor (por ejemplo el subcontratista), de acuerdo con lo previsto en este artículo, podrá ser utilizada con el objetivo de facilitar el cobro de sus créditos pendientes de pago por parte de estos proveedores.

A estos efectos, los mencionados proveedores podrán comunicar, antes del correspondiente pago, al agente de pagos del Fondo de financiación para el pago a proveedores (el Instituto de Crédito oficial) los embargos que, en su caso, se hubieran acordado.

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