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viernes, 18 de octubre de 2024
Las bases de las ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera están en el DOCM.
Las bases de las ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera están en el DOCM.
En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha - 15 julio 2024 - Toledo

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha publicado en el Diario Oficial de la Región la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSGs) para la ejecución tanto de los programas sanitarios mínimos obligatorios, así como de los programas sanitarios voluntarios y los Programas Nacionales de erradicación de enfermedades animales (PNEEA).

Esta línea de ayudas tiene por finalidad contribuir al objetivo fundamental de las ADSGs, que es aumentar la producción, el nivel sanitario y el bienestar de los animales aplicando medidas de manejo y de bioseguridad, así como la compensación de determinados costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales.


Quiénes pueden pedir las ayudas 

Podrán solicitar las ayudas las ADSGs que cumplan determinados requisitos, entre otros, estar oficialmente reconocidas por esta comunidad autónoma; desarrollar un programa sanitario común, bajo la dirección de una persona titulada en veterinaria de la ADSG y realizado por ésta mismo u otro personal veterinario colaborador de la ADSG, y tener la condición de PYME.

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Por lo que respecta al crédito presupuestario disponible para cada convocatoria, se establecerá en la resolución de cada convocatoria que se realice.

Las actuaciones objeto de subvención se destinarán a financiar la realización por las ADSG, dentro de los programas sanitarios mínimos obligatorios, los programas sanitarios voluntarios y los Programas Nacionales de erradicación de enfermedades animales, actuaciones como controles sanitarios, del programa de control de calidad de la leche, en rebaños de ordeño; la compra y administración de vacunas, medicamentos veterinarios, biocidas u otros productos zoosanitarios, incluidos los gastos de la actuación profesional del personal veterinario de las ADSG; toma de muestras para los programas sanitarios voluntarios.

También se contempla la subvención de actuaciones de erradicación y vigilancia de tuberculosis bovina, tuberculosis y brucelosis ovina y caprina; vacunación frente a la frente a la salmonelosis (salmonela zoonótica) en aves ponedoras; medidas específicas de protección contra legua azul y medidas de prevención, control y erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles.

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