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viernes, 22 de noviembre de 2024
También ha sido condenado por tenencia ilícita de armas - 02 marzo 2018

El magistrado que presidió en tribunal del jurado que encontró culpable a José M.M. de la muerte de David F.V. y Miguel Ángel C.J. en El Casar de Escalona (Toledo), en abril de 2012, ha condenado al procesado a 38 años de prisión como autor de dos delitos de asesinato y uno de tenencia ilícita de armas.

En la sentencia, el magistrado Juan Manuel de la Cruz, acepta y asume el veredicto del jurado, que el pasado 13 de febrero encontró, por siete votos de sus nueve integrantes, que el procesado había matado a tiros de forma «alevosa» a David F.V. y al cuñado de éste Miguel Ángel C.J.


La sentencia considera como hechos probados que en la tarde del 29 de abril de 2012 el condenado, conocido con el apodo de «El Comanche» se dirigió con su vehículo a la casa de D.F.V. a cuyas puertas comenzó a hacer derrapes para provocarlo, ya que desde hacía días mantenían una disputa, porque José M.M. le atribuía el robo de una motocicleta de su propiedad.

Posteriormente, David F.V., que no salió en un principio porque estaba en su casa con una intoxicación etílica, se dirigió al chiringuito «La Chopera» que regentaba el procesado para pedirle explicaciones.

Cuando llegó al establecimiento, el procesado le disparó dos tiros con una escopeta de caza ‘Lamber’ de su propiedad, de cañones superpuestos y de calibre 12, que ocasionaron la muerte en el acto de David F.V.

Seguidamente, el condenado abandonó el lugar en su vehículo, en el que llevaba su escopeta y un revólver del calibre 38 de la marca ‘Tanque’, también de su propiedad.

En el camino, se cruzó con Miguel Ángel C.J., cuñado de David, que lo había seguido unos minutos después al saber que se dirigía al chiringuito de José M.M. con el fin de evitar que se produjera un enfrentamiento entre ellos.

Cuando se cruzaron, José M.M. descendió el vehículo armado con la escopeta y el revolver, por lo que el Miguel Ángel C.J. trató de huir, aunque no lo consiguió porque el condenado le disparó con la escopeta y lo hirió en la cabeza y el torso.

A consecuencia del disparo, Miguel Ángel cayó al suelo donde el acusado le disparó varios tiros con el revólver que le impactaron en la cabeza y en el cuerpo y le provocaron la muerta instantánea, según se indica en la sentencia.

En este sentido, en la sentencia se determina que si bien «ambos asesinatos son abominable», el de Miguel Ángel C.J. «es especialmente execrable», porque cae herido a consecuencia del disparo de escopeta y es rematado en el suelo con tiros de revólver, lo que «fue una ejecución en toda regla», a pesar de que «no tenía relación alguna con J.M.M., ni disputa de por medio».

Por ello, el magistrado ha impuesto al condenado por este asesinato una pena de 19 años de prisión.

También ha considerado la gravedad del asesinato de David F.V. porque «la frialdad y la traición extrema de disparar sin que mediara provocación ni discusión previa pone de manifiesto que nos encontramos ante una alevosía en grado extremo», por lo que le ha impuesto una pena de 18 años de cárcel.

Y por el delito de tenencia ilícita de armas, el presidente del tribunal ha impuesto al procesado una condena de un año de prisión.

Asimismo, el magistrado ha condenado al procesado a pagar una indemnización de 160.000 euros a la madre de Miguel Ángel C.J. y de 45.000 euros a cada una de las hijas menores de esta víctima, así como a que indemnice con 12.500 euros a cada uno de los padres de David F.V.

En cambio, absuelve del delito de encubrimiento a otros dos procesados M.C.M.S. y F.S.S., ya que tanto el ministerio fiscal como las acusaciones particulares retiraron las acusaciones contra éstos al exponer las conclusiones definitivas ante el jurado.

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