El Tribunal Superior de Castilla-La Mancha (TSJ-CLM) ha condenado a la empresa Schreder Socelec a indemnizar a un trabajador con 12.500 euros por lesionar su derecho a la libertad sindical, según ha informado el sindicato CCOO, que recurrió al alto tribunal de la región una sentencia anterior.
La Sala de lo Social del TSJ-CLM ha atendido el recurso de CCOO contra la sentencia inicial del Juzgado de lo Social de Guadalajara, que desestimó la demanda planteada por el trabajador cuando era candidato en un proceso electoral, la empresa le cambió de sección y de jornada laboral y le impuso rotación de turnos de mañana, tarde y noche.
El sindicato ha explicado en una nota de prensa que el Tribunal condena a la empresa a «cesar inmediatamente en la conducta discriminatoria y antisindical» contra el trabajador, un miembro del comité de empresa por CCOO.
El trabajador, que forma parte de la plantilla de la fábrica de luminarias led de la multinacional Schreder Socelec en Marchamalo (Guadalajara), fue elegido miembro del comité de empresa en las elecciones sindicales celebradas en mayo de 2016.
Coincidiendo con el proceso electoral fue cambiado de la sección de expediciones, donde trabaja en turnos de mañana y tarde, a la de pintura del almacén, que tiene turnos rotatorios de mañana, tarde y noche, pero la empresa no motivó ni justificó su decisión.
Tampoco comunicó al trabajador las causas de los cambios ni acreditó que fuera imprescindibles para formar un equipo suficiente en su nuevo destino o que no hubiera voluntarios para ocupar ese puesto.
La sentencia, según el sindicato, señala que «la decisión empresarial tuvo como móvil efectivo una reacción o represalia ante la decisión del actor de concurrir al proceso electoral como candidato».
CCOO ha celebrado la sentencia del TSJ-CLM, contra la que únicamente cabe recurso en casación para la unificación de doctrina, y ha destacado el «grandísimo y valiosísimo» trabajo de la asesoría jurídica de CCOO en Guadalajara.
Del mismo modo, el sindicato anima a los trabajadores de esta empresa y de cualquier otra a acudir a sus representantes sindicales o directamente al sindicato para informarse y defenderse ante actuaciones de sus empresas que vayan en contra de sus derechos.