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viernes, 22 de noviembre de 2024
trasvase pedro sánchez Más "leña al mono" con el trasvase
El trasvase que no tiene fin. Foto - David Romero
La Junta tendrá que pagar 1.000 euros por las costas - 15 febrero 2018

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, así como a Murcia, Valencia y el sindicato de regantes Scrats (demandados por la Junta), ante la presunta ilegalidad que denunciaba la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre el trasvase de 38 hectómetros cúbicos del Tajo al Segura que aprobó la Comisión de Explotación del Acueducto Tajo-Segura el 3 de junio de 2016.

Entiende el Tribunal que preside Teresa Delgado Velasco que era válido el informe que presentó Francisco Cabezas, asesor de la Comisión y presidente de la Fundación Instituto Mediterráneo del Agua, para acreditar el Nivel 2 en las existencias conjuntas que albergaban Entrepeñas y Buendía en aquella época. «Estamos ante informes técnicos de carácter oficial incluso que gozan de presunción de legalidad y acierto, según reiterada y consolidada jurisprudencia, salvo prueba en contrario, aquí no aportada», explica la sentencia a la que ha tenido acceso encastillalamancha.es. En este sentido, dice el Tribunal que «no puede achacarse parcialidad al informe del citado técnico experto».


La base sobre la que se asentaba el recurso de la Junta es que en junio de 2016 las reservas de los embalses estaban por debajo de los 673 hectómetros cúbicos, lo que para ellos significaba que se trataba del Nivel 3 en la cabecera del Tajo, por lo que solo se podrían trasvasar 20 hectómetros cúbicos al mes y no los 38 aprobados, al contar a 1 de junio de 2016 con 631,866 hectómetros cúbicos, tal y como indicaban en el recurso.

Además, la Junta también alegaba que la Comunidad de Murcia y la Comunidad Valenciana tenían un principio de participación en dicho proceso, pero según relata la sentencia, la Ley a la que hace referencia el Gobierno de CLM corresponde a participación de usuarios, pero «no a las CC.AA.», indica el fallo, por lo que decide «igualmente desestimarlo».

En consecuencia a lo expuesto, el Tribunal falla desestimando el «recurso contencioso-administrativo 714/16 interpuesto por la Junta». Por este motivo, condena al Gobierno regional a pagar las costas del proceso judicial, que ascenderían a 1.000 euros «en concepto de honorarios de letrado».

El Gobierno de CLM va a recurrir

Según ha podido conocer encastillalamancha.es, el Gobierno de  Castilla-La Mancha ha decidido recurrir esta sentencia con un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Para ello, la Junta dispone de 30 días desde el momento en el que se les notificó.

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