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viernes, 22 de noviembre de 2024
Foto: Interporc.
Imagen de archivo.
- 10 octubre 2024

Ante las recientes declaraciones de la consejera de Desarrollo Sostenible afirmando que se están tramitando dos proyectos en El Robledo de 1990 cabezas de porcino de engorde, y elaborando el documento de alcance para la evaluación ambiental ordinaria, Ecologistas en Acción de Ciudad Real quiere recordar, conforme se alegó por escrito en las primeras consultas públicas, que estos dos proyectos se localizan en terrenos contiguos propiedad de los mismos promotores (Ibéricos Vallehermoso S.L.), tan solo separados 1000 metros entre las balsas de purines, mientras otras instalaciones se sitúan a una distancia inferior.

Según Ecologistas, es un único proyecto de 3980 cerdos fragmentado en dos para «burlar» la moratoria vigente hasta el 31 de diciembre de 2024, y con la intención manifiesta de ampliar las instalaciones en un futuro.


Por otro lado, la consejera de Desarrollo Sostenible nos dice que se ha modificado la Ley 2/2020 de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha para que, previamente a la evaluación ambiental los ayuntamientos presenten un informe sobre la calificación urbanística del proyecto, indicando, de manera justificada, si existe alguna afección medioambiental para otorgar dicha calificación.

Esto supone una contradición con el objetivo y el procedimiento preventivo de la evaluación ambiental puesto que es en este proceso en el que debe intervenir principalmente la ciudadanía, garantizando su publicidad y la participación informada e interpretada al nivel básico de conocimientos de la población. Lo que ocurre normalmente es que los ayuntamientos ni informan a sus ciudadanos de los proyectos que se están evaluando ni facilitan la información comprensible ni los procedimientos para que la población tome una decisión.

La evaluación ambiental debe ser previa a la calificación urbanística para que el ayuntamiento y la población puedan tomar una decisión informada suficientemente. A nuestro juicio, esta modificación de la Ley de Evaluación Ambiental supone, contrariamente al objetivo de mejorar la participación publica, para lo que solo se establece una publicación en un periódico, un impedimento a la modificación del ordenamiento urbanístico municipal con el que evitar proyectos perjudiciales a la ciudadanía y al medio ambiente.

Los responsables técnicos y políticos de la tramitación de estos proyectos han dejado pasar los dos proyectos, a pesar de que uno de ellos se encuentra a menos de 2 km de distancia de la aldea de Las Tiñosillas, por lo que no debería haber sido admitido al estar dentro de la distancia mínima legal a las poblaciones, conforme manifestó inicialmente el Delegado provincial de Desarrollo Sostenible a representantes de los colectivos vecinales.

A la vez, se reconoce de forma implícita que es un solo proyecto al exigir la evaluación de los efectos sinérgicos de los dos proyectos a la vez, o sea de 3980 cabezas de porcino del mismo promotor y en parcelas contiguas de su propiedad, cantidad superior a lo establecido en la moratoria. Entre estos efectos se debería estudiar la contaminación odorífera en las poblaciones cercanas y lugares de interés turístico, y la contaminación por lixiviado de purines desde los cultivos al río Bullaque, área protegida de la red Natura 2000 situada a 600 metros de uno del proyecto, y utilizar en los cálculos cifras reales para cerdos de entre 100 y 150 kg de peso.

La permisividad de la Consejería de Desarrollo Sostenible a la fragmentación de proyectos es un hecho denunciado en otros casos de macrogranjas y de proyectos de centrales fotovoltaicas. Así, la JCCM se posiciona a favor de la industria cárnica y en contra de la ley, la salud, la economía y la protección del medioambiente de esta comarca.

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