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viernes, 22 de noviembre de 2024
Energía eólica.
Molinos de viento de Albacete.
Fue creado en 2011 - 01 junio 2017

La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Juliane Kokott considera que el impuesto autonómico sobre las instalaciones eólicas que impone Castilla-La Mancha desde 2011, el llamado «canon eólico», es compatible con el derecho comunitario.

Según indicó en unas conclusiones emitidas hoy, las directivas europeas no se oponen a un impuesto de liquidación trimestral sobre las instalaciones eólicas siempre que este gravamen no impida a España alcanzar las cuotas mínimas de energías renovables respecto del consumo global.


La abogada califica de «improbable» que un impuesto de una comunidad autónoma impida que España en su conjunto alcance los mencionados objetivos energéticos, establecido en el 16 por 100 del total consumido para los años 2017 y 2018.

«Aunque sería lamentable que la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha perciba gravámenes que hagan menos atractivo el uso de energías renovables, (…) mientras el Estado miembro cumpla, a pesar de ello, las obligaciones del Derecho de la Unión (…) no habrá ninguna contravención», reza el texto de las conclusiones.

Por otro lado, la abogada señaló también que el impuesto es compatible con los sistemas de apoyo a las energías renovables que recoge la legislación europea, ya que esa posibilidad de aplicarlos no hace ilícito establecer impuestos sobre las instalaciones eólicas.

Además, señala que el canon eólico no puede tener la consideración de impuesto especial al no gravar directamente la electricidad producida por las instalaciones.

«El hecho imponible que genera el canon no se halla suficientemente vinculado al consumo de la energía producida, puesto que el canon eólico se determina en función del tamaño del parque eólico instalado», indica la abogada.

Varias empresas que explotan en Castilla-La Mancha instalaciones eólicas sujetas al canon solicitaron una rectificación de las liquidaciones en este concepto para el periodo impositivo de 2011 y la devolución del importe del impuesto.

Al ser desestimada su solicitud, interpusieron un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que optó por plantear al TJUE si este normativa es compatible con el derecho de la Unión.

Estas conclusiones de la abogada general del TJUE no son vinculantes, sino que proponen a esta corte con sede en Luxemburgo una solución jurídica para su futura sentencia sobre el asunto.

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