La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado una sentencia que condena al Ayuntamiento de Toledo a indemnizar con la cantidad de 18.000 euros a un trabajador que estaba sufriendo un ambiente hostil durante más de dos años en su puesto de trabajo y le obliga a adoptar de manera inmediata todas las acciones pertinentes para poner fin a la situación de riesgo psicosocial detectada, tal y como han informado en una nota de prensa.
Un ingeniero de caminos «al que menospreciaban»
El trabajador, ingeniero de caminos, que realizaba su labor en el Servicio de Obras, Infraestructuras y Medio Ambiente del Consistorio toledano, solicitó en febrero de 2020 su adscripción a la Unidad de Urbanismo, vivienda y promoción económica; decisión motivada por las situaciones que estaba sufriendo en su puesto de trabajo.
No en vano, se llegó a presentar una denuncia al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) del Ayuntamiento contra el jefe del Servicio de Obras, Infraestructuras y Medio Ambiente por “menospreciarme en público de forma continuada y en repetidas ocasiones”, además de “utilizar conmigo un lenguaje no verbal agresivo. Retirada de funciones. Asignación de funciones de nivel muy inferior al puesto que ocupo. Intentar asignarme otras funciones que no puedo desarrollar por competencias…”.
El clima hostil «que el funcionario llegó a soportar devino en un cuadro de ansiedad, provocando incluso una situación de baja médica del 2 al 31 de marzo de 2021″.
Finalmente, el Servicio de PRL del Ayuntamiento de Toledo «emitió propuesta en diciembre de 2021 considerando adecuado proceder al traslado a otro puesto de trabajo fuera del Servicio de Obras. Incluso desde Urbanismo se indicaba la idoneidad del trabajador para ser adscrito a esta área».
Continuó en su puesto de trabajo…
Sin embargo, «el funcionario continuó en su puesto de trabajo sufriendo un ambiente hostil. Es más, tras reincorporarse en octubre de 2022 -previo aviso- después de un periodo de excedencia por cuidado de hijo menor, la mesa, silla y ordenador utilizados por el demandante estaban siendo ocupadas por otra persona, siéndole asignada mesa y silla, pero no ordenador. Del 3 al 7 de octubre de 2022 no le fue asignada ninguna tarea, y en noviembre de 2022 el Jefe del Servicio de Obras le ordenó ir al polígono de Santa Bárbara a contar los modelos de bancos y papeleras que había».
A pesar de la comprobación fehaciente de los hechos, y de que tanto un informe externo de un técnico de prevención, solicitado por el propio Consistorio, y de la recomendación del Servicio de PRL, el Ayuntamiento no procedió al cambio de puesto de trabajo, incurriendo así en un grave incumplimiento en materia de normativa de prevención de riesgos psicolaborales.
La sentencia, del Juzgado de lo Social nº 2 de Toledo, con fecha de 20 de marzo, ordena al Ayuntamiento, que pretendía eludir sus responsabilidades porque lo consideraba un problema personal del trabajador, a la adopción inmediata de las medidas necesarias para poner fin a la situación que padece el demandante y le obliga a indemnizarle con la cuantía de 18.000 euros.