domingo, 24 de noviembre de 2024
La jueza dicta sobreseimiento de la causa y archivo de las actuaciones 24/05/2012junio 13th, 2017

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Toledo ha decretado el sobreseimiento de la causa y el archivo de las actuaciones contra José Manuel Tofiño, expresidente de la Diptuación de Toledo, iniciadas tras la denuncia por prevaricación presentada el 27 de junio de 2011 por Antonio Lozano, coordinador local de UPyD. 

Los hechos de la denuncia tenían que ver con la decisión del equipo de gobierno de la Diputación que encabezaba Tofiño de hacer fijos a 105 trabajadores de la institución que tenían hasta la fecha contratos temporales (de obras o de servicios), procedimiento que se siguió para cumplir las resoluciones de un acta de la Inspección de Trabajo.


Tras una denuncia de los sindicatos, Trabajó actuó para comprobar la situación de las 105 personas que prestaban servicios en la Diputación con una antigüedad mayor de 20 meses y que no habían sido ni despedidos ni pasados a indefinidos, como esteblece la legislación laboral.

Se comprobó que los contratos temporales venían siendo renovados en algunos casos desde hacía una década y decretó que todos ellos deberían pasar a indefinidos o ser despedidos con la indemnizacion correspondiente a puestos de trabajo fijos.

La Inspección levantó acta en febrero de 2011 y obligó a la Corporación Provincial a regularizar la situación. Tofiño y su equipo de gobierno optaron por pasar a fijos a todos los afectados, pese a que se encontraban en los últimos meses de la legislatura, para cumplir con los requerimientos de Trabajo y causar el menor daño posible a trabajadores que ya habían visto lesionados sus derechos, como concluyó la autoridad laboral. El despido suponía, además, un fuerte desembolso para las arcas de la Diputación.

El actual gobierno de Arturo García-Tizón se mostró en desacuerdo con la actuación y aseguró que revisaría caso por caso.

Lozano optó por acudir a los tribunales y denunció a Tofiño por supuesta prevaricación. El juzgado, en un auto del 30 de marzo de 2012, decreta el sobreseimiento de las actuaciones, dado que estima que no hay motivo para la formación de una causa. En este sentido, no aprecia indicios de delito en el comportamiento del dirigente socialista en un actuación que, como cita el auto de la jueza Sabina Arganda, fue sometida «por la Inspección de Trabajo a un control de la contratación a efectos del cumplimiento de lo dipuesto en el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores que concluyó en fecha 16-06-201, con la aportación de un total de 105 contratos transformados en indefinidos».

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