El Partido Popular ha destacado hoy que el juzgado de Toledo que ha desestimado una demanda de María Dolores de Cospedal contra el extesorero del PP ha declarado «probado el carácter difamatorio de los papeles de Bárcenas relativos a la secretaria general de este partido».
Este partido afirma que el propósito de Cospedal al interponer la demanda «ha quedado plenamente satisfecho al acreditarse el carácter difamatorio de los apuntes de Bárcenas que le imputaban falsamente el cobro de cantidades irregulares».
Así lo afirma el PP en un comunicado en el que recalca que la sentencia del titular del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Toledo «declara expresamente que queda probada la intromisión ilegítima y el carácter infamante o difamatorio de la información proporcionada al diario El País», pero no que fuera Bárcenas quien «dio esta información al periódico».
El PP hace hincapié en que es por esta razón que el juez ha desestimado la demanda de protección del derecho al honor de Cospedal «sin formular condena en costas».
Añade que la sentencia declara que Bárcenas «no prueba ni acredita la veracidad del contenido de los papeles», afirma que «su interrogatorio carece de la suficiente credibilidad» y que tiene «una evidente animadversión» hacia Cospedal.
Así, destaca que la sentencia «desestima la demanda única y exclusivamente porque no ha considerado probado que fuera Bárcenas quien entregara los documentos» publicados por el diario El País y, en ese sentido, agrega que en la sentencia se afirma que «hay sospechas sobre este punto».
Argumenta que el juez reconoce que «es cierto que el señor Bárcenas ha jugado con la información contenida en los papeles, manifestando un día una cosa, otro día otra distinta, según le convenía» y que aunque no se haya probado que Bárcenas «fuera la persona que esté detrás de la campaña difamatoria», «tampoco hay pruebas concluyentes que lo descarten».
Por último, el PP señala que el juez no cobra las costas a Cospedal porque «tenía motivos para creer o pensar, a la vista de los indicios existentes» que Bárcenas era el autor de la filtración de los papeles, «con independencia de que consiguiera probarlo o no» puesto que el extesorero del PP «había mostrado los papeles a un periodista».
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Toledo ha absuelto hoy a Luis Bárcenas de la demanda civil que se vio el pasado día 18 de octubre por la publicación de los denominados «papeles de Bárcenas» en los que se apuntaba que Cospedal había recibido dos pagos de 7.500 euros en dinero «b», al no quedar probado que el extesorero estuviera detrás de la «campaña difamatoria» contra la dirigente del PP.