La Junta Electoral Central zanja la polémica sobre la visita que la presidenta de CLM, María Dolores de Cospedal, quiso realizar a las obras para la instalación de una fábrica de Senoble en Talavera y lo considera un acto de propaganda electoral.
Es el mismo criterio que sostuvo la Junta Electoral de Zona en Talavera cuando decidió el lunes 19 de mayo suspender el acto y por lo tanto quita la razón a la Junta Provincial, que decidió autorizarlo.
El fallo de la Junta Central estima en parte el recurso del PSOE y revoca el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Toledo «por entender que los hechos denunciados suponen una vulneración del apartado 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 571986, de 19 de junio, del Régimen General Electoral.
El escrito, en el apartado del acuerdo tomado, explica que se ha tomado la decisión «tras haber ponderado circunstancias concurrentes en el presente caso: según consta en el expediente las instalaciones de la empresa privada objeto de la visita se encontraban en suelo dotacional público» y que la presienta es también secretaria general del PP, «partido concurrente a las elecciones».
Por lo tanto, estiman que «se ha incurrido en la prohibición a los poderes públicos durante el período electoral de realizar campaña de logros o realizaciones mediante actos organizados p financiados directa o indirectamente por éstos, prevista en el artículo 50.2 de la LOREG, sin que, por las circunstancias concurrentes proceda la apertura de expediente sancionador»