La Junta Electoral Central ha dictado acuerdo desestimando el recurso interpuesto por el PSOE contra el pronunciamiento anterior al respecto de una reclamación por el escrutinio en Cabañas de La Sagra (Toledo), de manera que ya puede quedar constituida su Corporación y facilitar la formación de la Diputación de Toledo.
A vueltas con el escrutinio en Cabañas de la Sagra
Según el acuerdo, lo que se impugnaba mediante este recurso era la proclamación de electos hecha por la Junta Electoral de Zona de Toledo-Illescas el 4 de junio de 2023, «materia que es solo susceptible de recurso contencioso-electoral».
Consta en el expediente que el 2 de junio se realizó el escrutinio general de las elecciones municipales en Cabañas de la Sagra y que, al no plantearse reclamación o protesta durante el plazo de un día, el 4 de junio se procedió a la proclamación de electos.
«Transcurrido ampliamente el plazo»
Con fecha 9 y 12 de junio, es decir, transcurrido ampliamente el plazo previsto en la ley orgánica del Régimen Electoral General, y varios días después de la proclamación de electos, la formación recurrente presentó reclamaciones de modificación del escrutinio que, «como es obvio, fue desestimada por su planteamiento extemporáneo».
Recurrió entonces el PSOE a la Junta Electoral Central insistiendo en la misma cuestión, si bien ahora este órgano recuerda que rige otro recurso contencioso-electoral que se está tramitando ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
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Recurso inadmisible
Dicho recurso ha sido resuelto declarándose la inadmisibilidad del recurso por no haber seguido el procedimiento legalmente establecido.
«De todo ello se infiere que procede declarar la pérdida de objeto del recurso, por encontrarse esta materia siendo objeto de examen por la vía jurisdiccional», recalca la Junta Electoral.