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domingo, 24 de noviembre de 2024
Sentencia de la Audiencia de Palencia - 03 mayo 2018 - Palencia/Toledo

La Audiencia de Palencia ha condenado a A.M.P. a ocho años de cárcel por los delitos de agresión sexual, detención ilegal, lesiones y malos tratos cometidos contra una joven castellanomanchega de 21 años con la que había mantenido una relación, en una residencia de estudiantes de Palencia en 2015.

El joven ha sido condenado a tres años de prisión por un delito de agresión sexual y a cinco por un delito de detención ilegal, y al pago de una multa de cinco meses por un delito de lesiones y otro de maltrato, según la sentencia de la Audiencia de Palencia que no es firme y contra la que cabe recurso.


Además se le ha prohibido aproximarse a menos de 200 metros de la víctima durante un periodo de cinco años y deberá indemnizar a la víctima con 22.410 euros en concepto de responsabilidad civil.

Los hechos, juzgados en la Audiencia provincial de Palencia el pasado marzo, tuvieron lugar en dos momentos a finales de noviembre y principios de diciembre de 2015 en la residencia Escuela Castilla de Palencia cuando los jóvenes, que habían sido pareja anteriormente, tenían 21 años.

La sentencia estima que la única prueba de cargo de la acusación es la declaración de la víctima y mantiene que no hay contradicciones en el relato de los hechos que hace la víctima pero tampoco en el relato de los testigos de las partes y de los peritos.

El Tribunal tiene en cuenta que la víctima no presentó denuncia de los hechos juzgados de lo que se deduce que «no existe ánimo de venganza» pero considera que la chica aportó «dosis importantes de inseguridad» al relatar los hechos.

Siguieron teniendo relacione después

También entiende que «no deja de ser significativo que después de lo sucedido ambos siguiesen manteniendo relaciones» y estima que no parece «lógico» que «después de un hecho tan traumático como es una agresión sexual no se asuma un comportamiento de distancia».

La sentencia sostiene que la víctima «sufrió una situación injusta, estresante y con consecuencias penales para su agresor».

Pero entiende que carece de datos objetivos y que la duda que se genera en torno al delito de agresión sexual es «irresoluble».

Con todo, condena al joven a tres años de prisión, pena que la Audiencia considera suficiente «para el delito de la agresión sexual», que esta penado con entre uno y cinco años.

[ze_summary text=»Sujetó a la víctima a la cama y escribió la palabra puta en su abdomen con un objeto punzante»]Sujetó a la víctima a la cama y escribió la palabra puta en su abdomen con un objeto punzante[/ze_summary] 

Sobre el delito de detención ilegal, la Audiencia entiende que sí se produjo «una situación evidente de falta de libertad» ya que el agresor le impidió abandonar la habitación en la que habían quedado y después sujetó a su víctima a la cama por los pies y manos, impidiéndole salir de la habitación, y escribiendo la palabra puta en el abdomen con un objeto punzante.

Precisamente por esto se le acusaba de un delito de lesiones por el que se le ha impuesto una multa de tres meses al considerar que la lesión es «sancionable».

La defensa del chico ha mantenido que el joven es inocente y que se trata de una denuncia falsa y ha anunciado que recurrirá la sentencia con la que están «completamente en desacuerdo» al considerar que la argumentación «no es ajustada a Derecho» ni a la prueba presentada durante el juicio.

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