El juzgado de lo penal número 3 de Albacete ha condenado a una ginecóloga del Hospital de Hellín, María P.F., a pagar más de 94.000 euros a una paciente, R.L.C., a la que suspendió un tratamiento de anticoagulantes.
Así se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y en la que se explica que la médico ha sido absuelta del delito de lesiones por imprudencia profesional grave.
Además, la condenada deberá pagar una multa de 1.800 euros, con la responsabilidad civil directa del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) y De Zurich Compañía de Seguros S.A.
La sentencia considera como hechos probados que la víctima sufría síndrome fosfolípido, lo que motivó que, para posibilitar su embarazo y parto, y tras dos abortos, se le sometiera a tratamiento con anticoagulantes.
Se explica que, el 6 de septiembre de 2005, ingresó en el Servicio de Urgencias del Hospital de Hellín, dependiente del Sescam, donde fue atendida por la condenada, que le retiró la medicación de anticoagulantes y le atendió en el parto.
Tras el parto y la convalecencia, la ahora condenada, especialista en ginecología y obstetricia, le dio el alta, y no reinstauró el tratamiento con anticoagulantes que se había suspendido antes del parto, a pesar de estar protocolizado por la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia, según se explica en la sentencia.
Como consecuencia de lo anterior, la víctima sufrió una trombosis venosa pulmonar en extremidad inferior izquierda, lo que le originó unas lesiones de las que tardó en curar 519 días, quedándole secuelas.