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demandados por "Detectives Almirante" 24/01/2013junio 13th, 2017

Un juez ha absuelto a la secretaria general del PP y presidenta de Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal, de la demanda contra el honor presentada contra ella por «Detectives Almirante» al avalar la «veracidad» de su denuncia de que hubo espionaje a los dirigentes del PP castellano-manchego.

La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Coslada, dice que hay «elementos más que suficientes para, al menos, poder sospechar» que la investigación que hizo la agencia de detectives sobre cargos del PP era para «utilizarla con alguna finalidad política».


Por tanto, el juez Luis Miguel Arroyo Rodríguez concluye que pueden tener «algún indicio de veracidad» las denuncias de espionaje que formuló María Dolores de Cospedal, además de la alcaldesa de Ciudad Real, Rosa Romero, y el portavoz del PP en las Cortes de Castilla, Francisco Cañizares, que también han sido absueltos en la sentencia.

Detectives Almirante demandó a Cospedal y a otros dirigentes del PP por una supuesta intromisión ilegítima en el honor de esta compañía, que sostuvo que la dirigente popular había dicho en 2011 que el PSOE había contratado a esta empresa de detectives para espiar al PP.

Tras analizar las declaraciones hechas en su día por los dirigentes populares y las pruebas aportadas en la causa, el juez concluye que no ha habido una intromisión ilegítima en el derecho al honor de la empresa demandante, ni de su propietario, Isidro García González.

Valora la «imprecisión» de los testimonios de este demandante y su militancia en el PSOE y «la proximidad de las elecciones municipales y autonómicas» cuando se llevó a cabo la investigación.

Tiene en cuenta, asimismo, el informe que Detectives Almirante hizo sobre la alcaldesa popular de Ciudad Real, Rosa Romero, y las peticiones de información hechas por García González en el Registro de la Propiedad de Ciudad Real sobre titularidad de bienes inmuebles de varios concejales del PP de esa ciudad, así como de cónyuges e hijos de dichos ediles.

El juez rechaza el argumento de que la investigación de la agencia de detectives sobre la alcaldesa tuviera como «verdadera finalidad la de ser utilizada en una demanda por acoso laboral» contra el Ayuntamiento de Ciudad Real, a la que finalmente no se aportó.

En cuanto a que el informe sobre la alcaldesa incluyera referencias a procedimientos judiciales sobre corrupción política y urbanística en los que «presuntamente se encontraba relacionada» la alcaldesa, la sentencia considera que solo «podía tener como finalidad» el relacionarla a ella y a otros cargos municipales con «algún escándalo de corrupción de cara a las elecciones municipales que se iban a celebrar próximamente».

El juez cree que en ningún momento Cospedal sobrepasó el terreno de la crítica cuando en enero de 2011 hizo diversas declaraciones en las que se refería que habían sido sometidos a un espionaje dentro de una campaña de guerra sucia que llevaron a cabo miembros del PSOE de Castilla-La Mancha, al tiempo que calificó la actuación de la agencia de detectives como de «un tebeo de Mortadelo y Filemón».

«No nos hallamos ante una ataque al honor que deba ser objeto de tutela, sino que las declaraciones y manifestaciones» hechas por Cospedal y los otros dirigentes del PP que fueron juzgados «se sitúan en el ámbito de la crítica y de la manifestación pública de unas fundadas sospechas», señala al sentencia.

En este sentido, el juez dice que todas las acusaciones que hicieron los dirigentes del PP deben contextualizarse en «el marco político en el que se produjeron, a escasos tres meses de unas elecciones municipales y autonómicas», y que se incardinan dentro de la libertad de expresión y de información.

El juez ha condenado a los demandantes al pago de las costas del proceso. La sentencia puede recurrirse ante la Audiencia Provincial de Madrid.

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