El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica hoy la Orden que desarrolla el nuevo funcionamiento del Registro de Parejas de Hecho en la región, que establece nuevos requisitos y que modifica el que databa del año 2000.
Según consta en el DOCM consultado por Efe, la principal novedad respecto a la anterior Orden es que para inscribirse en el citado registro no será suficiente con la firma del documento de los solicitantes.
Así, y por tratarse de un «acto personalísimo», se requiere la «comparecencia personal y conjunta ante un funcionario público o la escritura pública, el acta de notoriedad o un documento privado con firmas legalizadas notarialmente».
Además, se abordan otras cuestiones como el periodo de validez de los documentos justificativos del cumplimiento de los requisitos para la inscripción registral o la publicidad del contenido de los asientos del Registro.
Asimismo, se elimina la adscripción del citado Registro a la secretaría general de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.
En la nueva Orden se recogen los documentos que es necesario aportar para acreditar el cumplimiento de los nuevos requisitos exigidos para poder inscribir una pareja de hecho en el Registro.
Además, se elimina la gestión del Registro mediante libros en soporte papel, sustituyéndose por una gestión exclusivamente en soporte informático.
Las solicitudes de inscripción podrán presentarse, preferentemente en las Oficinas de Información y Registro de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y también se podrá hacer por vía electrónica, utilizando la firma electrónica avanzada.