El portavoz del Grupo Municipal Socialista, Antonio Martínez, informó del contenido de una sentencia, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Albacete, que condena a Carmen Bayod y su Equipo de Gobierno por vulnerar el derecho a la negociación colectiva de los trabajadores municipales.
Este proceso tiene su origen, tal y como relató el edil socialista, en un acuerdo de la Junta de Gobierno Local, fechado el 30 de enero de 2013, que contemplaba la supresión del módulo de plena disponibilidad para los trabajadores de la Gerencia Municipal de Urbanismo, exceptuando los jefes de servicio y un trabajador más, que quedaron excluidos de esta decisión.
Un acuerdo que, tal y como se describe en la sentencia, «no estuvo precedido de un proceso de negociación con los representantes sindicales de los trabajadores, puesto que, si bien, la supresión de estos complementos se abordó en una reunión de la Mesa de Negociación celebrada el 18 de enero de 2013, la Justicia otorga la razón a CC.OO., que interpuso este recurso, y establece que de la lectura del acta se desprende que no hubo negociación, o al menos no hubo negociación basada en la buena fe».
Esta afirmación textual de la sentencia, subrayó Antonio Martínez, «refrenda lo que hemos criticado, durante los últimos tres años, sobre el concepto que tienen Carmen Bayod y sus concejales de los procesos de negociación con los trabajadores municipales, pues, lamentablemente, interpretan que las mesas de negociación son solo foros para dar cuenta de sus decisiones».
La única diferencia, expuso Antonio Martínez, es «que durante tres años ha sido el PSOE el que le ha dicho a Carmen Bayod que no se puede vulnerar el derecho de los trabajadores a la negociación colectiva y ahora se lo dicen los tribunales, que en otro párrafo de la sentencia le dan un tirón de orejas en toda regla al concejal del PP, Francisco Javier Díaz de Prado, que actuaba como presidente de la Mesa General de Negociación, reprochándole que: Ni tan siquiera analiza las propuestas que le son formuladas, y ni tan siquiera manifiesta que son inasumibles y el porqué, sino que se limita a decir que no a las propuestas, y esta forma de actuar es la que hace que debamos concluir que no existió negociación desde el punto de vista de la buena fe negocial».
El cumplimiento de esta sentencia supondrá al Ayuntamiento el pago de 140.000 euros, en concepto de los dos años en los que no abonó el complemento en cuestión a los trabajadores de la Gerencia de Urbanismo, con sus correspondientes intereses.