La ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina, ha autorizado un trasvase desde los embalses de Entrepeñas y Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, de 10 hectómetros cúbicos para el mes de febrero de 2016, según consta en el número de hoy del Boletón Oficial del Estado.
Según publica hoy el Boletín Oficial del Estado, el volumen de existencias efectivas en el conjunto de embalses de Entrepeñas y Buendía, a fecha 1 de febrero de 2016, era de 346.504 hectómetros cúbicos, lo que supone que se está en situación hidrológica excepcional, nivel 3, tal y como se recoge en la «Reglas de explotación del Trasvase Tajo-Segura».
Dicha medida ha sido constatada por un informe de la Dirección General del Agua, «en cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura en reunión celebrada el 8 de febrero de 2016».
En esa situación le corresponde al ministro que tenga atribuidas las competencias en materia de agua, previo informe de la Comisión Central de Explotación, la autorización de un trasvase, que puede ser de un volumen mensual de hasta 20 hectómetros cúbicos. Añade la disposición que «en esta situación de nivel 3, según se establece en el artículo 1 del Real Decreto 773/2014 de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase del acueducto Tajo-Segura, corresponde al órgano correspondiente, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la autorización, de forma discrecional y motivada del referido volumen mensual de hasta 20 hectómetros cúbicos».
La disposición recoge asimismo que «en consonancia con el acuerdo de la Comisión Central de Explotacón de fecha 8 de febrero de 2016, constatada la situación hidrológica excepcional, nivel 3, en el mes de febrero de 2016, y acorde con el informe y propuesta emitido el día 8 de febrero de 2016 por la Dirección General del Agua, en función de los volúmenes de existencias en los embalses de Entrepeñas y Buendía a principios del mes de febrero del presente año hidrológico así como las aportaciones previsibles en los meses de febrerp-marzo-abril, acorde con lo dispuesto en la Disposición adicional quinta, punto 2, de la Ley 21/2015, de 20 de julio, de Montes, y lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras de Trasvase…», el Ministerio autoriza un nuevo trasvase.