El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón al Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura y ha anulado las partidas de gastos fijos y variables recogidas en el acuerdo del Consejo de Ministros del 17 de febrero de 2012 que aprobó las nuevas tarifas por el uso de las infraestructuras del trasvase.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso indica que el Gobierno central acordó entre 2005 y 2009 declarar a los regantes exentos del pago de esos gastos para compensarles por las pérdidas que sufrían como consecuencia de la sequía.
El recurso planteado por esta organización añadía que se habían visto «sorprendidos» cuando al conocer la propuesta de tarifas de 2011 «se comprobó el injustificado cambio de criterio, al introducir una liquidación de los gastos fijos y variables habidos en 2008 y 2009».
El Alto Tribunal señala que el recurso debe ser estimado «porque en las liquidaciones parciales se estaban incluyendo gastos que legalmente no eran exigibles, al haber sido declarados exentos».
Con su forma de proceder, comenta el TS, la administración «estaba exigiendo, si bien en dos momentos diferentes, el importe íntegro de tales gastos, prescindiendo, en lo que aquí interesa, de los beneficios fiscales reconocidos por ley a los periodos 2008 y 2009».
«En conclusión -sentencia-, tal y como se confeccionaron las tarifas del ejercicio 2011 se repercutieron y se obligó a pagar a los usuarios afectados las aportaciones que los reales decretos-leyes de 2008 y 2009 reconocieron como exentas».
La administración queda condenada al pago de las costas generadas por este proceso, aunque con el tope de 6.000 euros.