miércoles, 26 de junio de 2024
La SAO ha ganado la "batalla" 13/01/2016junio 7th, 2017

El Tribunal Supremo ha confirmado el auto del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que dictó la nulidad del artículo 15.7 de la Orden de 2012 que regula el Potencial Vinícola en Castilla-La Mancha, que permitía las transformaciónes de viñas en vaso a espaldera y nuevas plantaciones en espaldera en zonas ZEPA (Zona de Especial Protección de Aves) sin que haya una evaluación previa de impacto ambiental, lo que vulneraba la legislación autonómica en esta materia, tal y como ha explicado Julia Giménez, presidenta de la Sociedad Albacetense de Ornitología (SAO), a encastillalamancha.es.

Y es que, afirma SAO, con la aplicación de este condicionante, referido al marco de plantación, distancias entre filas o altura de los alambres, «se pretendía evitar el trámite preceptivo de evaluación ambiental inherente a los proyectos a realizar en Espacios Naturales Protegidos incluidos en la Red Natura 2000″.


Fue en 2012 cuando la Consejería de Agricultura, cuyo titular era la «popular» Marisa Soriano, «se saltaba su propia legislación ambiental, favoreciendo unas actuaciones incongruentes e incompatibles con lo establecido en las directivas europeas relativa a la conservación de aves silvestres». Porque, como recalca SAO, «hay que asegurar la protección eficaz de todas las aves que viven en estado silvestre mediante la protección, conservación, restauración y creación de los hábitats necesarios para que sus poblaciones puedan persistir a lo largo del tiempo».

Recalcan, además, que «sobradamente conocido era para la Consejería de Agricultura el grave impacto ambiental que provocan estas estructuras de alambre y postes de acero sobre las aves esteparias, en especial en aves de gran tamaño como la avutarda, detrayendo hábitat natural específico para estas especies».

La espaldera «está compuesta por numerosas filas de postes de acero, unidos por varias hileras de alambres dispuestos en varias alturas. Estructuras que son rechazadas por las aves esteparias y, sobre todo, por la avutarda, un ave de gran tamaño, de vuelo lento y pesado que es incapaz de sortearlas».

Ahora la SAO va a solicitar, a través del Juzgado, el volumen total de superficie de viña que se ha transformado en espaldera desde la entrada en vigor del artículo ahora anulado, dentro de las ZEPAS de aves esteparias, «ya que hasta ahora la Consejería nos ha negado dicha información. Y solicitaremos la nulidad de las autorizaciones otorgadas al amparo de este artículo. Lo ideal sería reparar el daño causado».

Y dejan claro que no están en contra «de estas instalaciones para el cultivo de la viña, pero en las zonas donde su impacto es tan severo no se deben colocar».

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