sábado, 23 de noviembre de 2024
Medio Ambiente 13/11/2016junio 7th, 2017

Un vecino de Hellín (Albacete) deberá pagar la multa de 2.500 euros que le ha impuesto la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS), con sede en Murcia, por el vertido de aguas fecales de su vivienda a una acequia.

Así lo dispone una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia, que ha desestimado el recurso que presentó el sancionado al considerar que los hechos están suficientemente probados.


Dice la Sala en su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que el vertido, que fue denunciado por la Guardia Civil, se hizo a la acequia conocida por Hilo del Medio, a la que caían las aguas fecales a través de un desagüe.

En su apelación, el demandante alegó en su descargo que esa tubería había sido colocada para recoger solamente las aguas pluviales de la vivienda, y no las fecales, por lo que no se ponía en peligro el medio ambiente y, en consecuencia, no se cometía infracción alguna de las contenidas en la Ley de Aguas.

El TSJ no ha estimado el recurso porque, ha asegurado, los hechos han sido acreditados a lo largo del proceso judicial, hasta el punto de que un informe del Ayuntamiento de Hellín revela que la tubería ha sido retirada, habiéndose procedido por el apelante a realizar una conexión a un pozo ciego.

«Esto evidencia -añade la Sala- que con anterioridad no existía conexión a dicho pozo o, en todo caso, que a pesar de la existencia del pozo ciego se vertían los desagües a la acequia». 

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