El juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Toledo ha estimado el recurso de una profesora interina de la Junta que fue despedida en 2012 tras sufrir una lumbalgia consecuencia de su embarazo.
En la sentencia, que ha hecho pública hoy el sindicato STE Castilla-La Mancha, el juez rechaza los argumentos de la Consejería de Educación sobre que el despido obedeció no a su embarazo, si no a que padecía una incapacidad temporal que no le permitía ejercer su trabajo.
El magistrado se basa en que los informes de inspección médica indican que la lumbalgia es una de las complicaciones más frecuentes de las embarazadas en su estado de gestación.
El 16 de enero de 2012 la profesora entregó en el centro educativo el documento de toma de posesión y un modelo de declaración jurada en el que consignaba su disponibilidad y no estar en ningún proceso de incapacidad temporal.
Cuatro días después la demandante, embarazada de ocho meses, sufrió un fuerte dolor en la pierna y acudió al médico, que le diagnosticó que padecía lumbalgia y emitió un parte de incapacidad temporal por enfermedad común.
El magistrado estima el recurso de la profesora interina, que tendrá que ser indemnizada por los perjuicios sufrido en cuanto a las retribuciones que dejó de percibir.
Además, se le reconoce el periodo de tiempo trabajado a efectos administrativos y se condena a las costas a la Administración.
Para el sindicato STE, la Junta «se extralimitó en sus competencias y discriminó» a la profesora, «negándole el derecho que tiene cualquier trabajador a ponerse enfermo».
«Estar embarazada y padecer una incapacidad temporal relacionada con su embarazo no es un motivo para arrebatarle el puesto de trabajo», ha aseverado el sindicato.
Así, ha pedido a la Consejería de Educación que «los demás casos» denunciados por el mismo motivo «no los dilate más en el tiempo y asuma la sentencia del juzgado».
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