martes, 26 de noviembre de 2024
Aún no es firme 11/02/2015junio 8th, 2017

La Federación de Caza y Aproca Castilla-La Mancha han anunciado hoy que han presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) contra el fallo de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) relativas a la Orden de Vedas de Castilla-La Mancha.

Según han informado hoy en un comunicado, han ampliado que les consta que a su recurso de casación se sumará otro más realizado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.


Los presidentes de la Federación de Caza de Castilla-La Mancha, Juan de Dios García, y Aproca, Luis Fernando Villanueva, han considerado también necesario aclarar públicamente algunos aspectos relativos a esta sentencia, que fueron dados a conocer ayer por la organización Ecologistas en Acción, quien fue la que presentó el recurso contra esa Orden de Vedas.

Según han explicado, es necesario que los cazadores sepan que este pronunciamiento judicial «no es firme» y que la sentencia «no prohíbe, sino que declara nulos ciertos artículos de la orden de vedas de 2011».

Sobre lo declarado por una de las sentencias respecto a la caza de especies exóticas, han indicado que la caza del muflón no está en peligro dado que, después de esa Orden de Vedas, el propio Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) consideró que esta especie no tiene la condición de exótica invasora en ninguna comunidad autónoma de España, excepto en Canarias.

Respecto a la media veda, ambas organizaciones han afirmado que la sentencia declara que la caza tanto de la tórtola como de la paloma torcaz debe comenzar después del 20 de agosto, pero los ecologistas, han precisado, «olvidan que este hecho ya se está produciendo en la actualidad desde el año 2012, con lo cual no tiene efecto alguna sobre estas especies».

En cuanto a los periodos de caza de la codorniz y de la perdiz con reclamo, cuestionados en la sentencia, la Federación y Aproca han confiado en que el Supremo tenga en cuenta las argumentaciones técnico jurídicas desarrolladas en el recurso.

Han recordado, además, que esta modalidad ya fue puesta en tela de juicio en una carta de emplazamiento por parte de la Comisión Europea, que fue contestada por el Magrama, y cuyos argumentos fueron aceptados por la propia Comisión.

Por ello, las dos asociaciones han criticado la sentencia, pues «se han tenido en cuenta informes y estudios realizados por los propios grupos ecologistas, absolutamente dirigidos y sin base científica, carentes de trabajo de campo y no actualizados».

Han lamentado, al tiempo, que no se hayan tomado en consideración los estudios desarrollados por equipos de investigación independientes y que fueron presentados en el proceso judicial por la Junta, Aproca y la Federación de Caza.

Finalmente, han vuelto a censurar la actitud de Ecologistas en Acción, organización que, han apuntado, «no es consciente de las graves consecuencias que todas y cada una de sus actuaciones tienen para miles de familias en el medio rural».

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