domingo, 24 de noviembre de 2024
Tras la demanda de Ecologistas en Acción 11/08/2014junio 9th, 2017

Imagen de la Quinta Don Pedro, en Los Yébenes (Toledo).

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha declarado nula la desclasificación de tres refugios de fauna que realizó el Gobierno de la región, atendiendo así a la demanda que interpuso Ecologistas en Acción, tal y como ha dado a conocer este colectivo en un comunicado.


La Justicia, por tanto, declara nulo de pleno derecho «el Decreto 141/2012 de la Consejería de Agricultura por el que se desafectaron del régimen cinegético especial de Refugio de Fauna los montes Quinto Don  Pedro y Cardeñosa, ambos en Los Yébenes; y Nava de Don Diego, en Los Navalucillos». Los tres en la provincia de Toledo.

Por lo que los tres montes públicos deben ser «restituidos de inmediato a su situación legal anterior a la desprotección». Ecologistas en Acción calificad de «varapalo judicial sin paliativos a la Consejería de Agricultura, de la que es titular María Luisa Soriano, y por extensión al Gobierno de Castilla-La Mancha. Además, el TSJ condena en costas a la Junta».

Un decreto que, afirman, «fue una de las primeras medidas encaminadas a la privatización de los montes públicos que adoptó el Gobierno de Cospedal, ya que con ella buscaba desproteger tres espacios de gran relevancia medioambiental para proceder a privatizar la gestión de la caza. De hecho, Agricultura adjudicó mediante subasta la caza de estos montes a empresas privadas».

La sentencia dice que «el Decreto se aprobó con defectos formales graves. En concreto, la falta de información pública con carácter previo a la apobación de la disposición de carácter general; y, en segundo término, la falta de audiencia a personas y entidades con representación en el ámbito medioambiental».

Una sentencia que afirma que la Consejería aprobó el Decreto clandestinamente, «en una materia tan sensible y controvertida en los tiempos actuales como la medioambiental y puesto que el Decreto suponía desafectar terrenos de monte de su régimen cinegético especial, tan vinculado al demanio, no se realizase una sola alegación por nadie, en el sentido que fuera; ello abona más bien la clandestinidad real y efectiva de la publicación».

Por lo que a partir de ahora «el Decreto es nulo de pleno derecho y los tres montes públicos recuperan su condición de refugio de fauna y deben anularse las subastas de caza realizadas».

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