viernes, 27 de septiembre de 2024
Memoria Anual 08/10/2013junio 12th, 2017

Los fiscales de Castilla-La Mancha han incluido una serie de recomendaciones en la Memoria de la Fiscalía de 2012, entre ellas la limitación de las competencias de los tribunales de jurado en determinados delitos considerados menores o el endurecimiento de las penas por el robo de cobre.

Así consta en la Memoria Anual de la Fiscalía correspondiente al pasado año, firmada por el fiscal superior de Castilla-La Mancha, José Martínez, que ha sido publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha.


En la memoria, los fiscales realizan una serie de propuestas de reformas legislativas sobre asuntos como la pornografía infantil, los robos de cable de cobre, el grooming (acoso a menores en Internet) o a las competencias del tribunal del jurado.

En este último caso, a propuesta del ex fiscal jefe de Toledo José Javier Polo, recientemente trasladado a Madrid, se plantea la necesidad de retirar la competencia del tribunal del jurado en los llamados «delitos bagatela», como son el de allanamiento de morada o las amenazas condicionales.

El argumento del fiscal es que la persecución y resolución en un proceso de estas características es «desproporcionada en medios y esfuerzos en relación con su gravedad o trascendencia».

También se propone un cambio en el orden de los actos procesales para ayudar al tribunal del jurado en la motivación del veredicto.

«En definitiva, creemos que una reforma meditada de la Ley del Jurado, aplicando las conclusiones obtenidas de la experiencia de 11 años de aplicación, redundaría en una mayor eficacia y mejor cumplimiento de los fines con que se promulgó», sostienen los fiscales castellanomanchegos.

Otra de las sugerencias que se recoge en la memoria es la que hace el fiscal de Albacete para endurecer el Código Penal en los caso de robos de metales, sobre todo cobre, que causan graves daños económicos a las víctimas, muy superiores al valor de lo sustraído.

La propuesta pasa por elevar la pena cuando el culpable cause daños desproporcionados al valor del objeto sustraído o siempre que los daños superen los 6.000 euros.

El fiscal de Albacete también propone precisar más la, en su opinión, «defectuosa» redacción del artículo 183 bis del Código Penal relativa al Grooming, pues «muchas veces el acosador no persigue en absoluto el acercamiento con el menor, sino otra suerte de fines».

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