El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha presentó contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) que respaldó la decisión de la Confederación Hidrográfica de encargar la explotación de 24 sondeos al Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (Scrats).
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, impone el pago de las costas a la parte recurrente, aunque las limita a 4.000 euros para cada una de las demandadas, la propia Confederación y el citado sindicato.
Afirma el Alto Tribunal que el TSJ, en su resolución de diciembre de 2013, rechazó la demanda que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha había planteado al estar disconforme con el convenio de encomienda de gestión firmado por el Scrats y el órgano de cuenca.
Por dicho acuerdo, el sindicato quedaba encargado de la explotación de 24 sondeos y del aprovechamiento de las aguas extraídas para riego.
Al rechazar el recurso, el TS rechaza el argumento de la Junta de que esa encomienda de gestión fue acordada sin que la misma tuviera cobertura legal alguna.
Al respecto, el Alto Tribunal comenta que sí la tenía, ya que el acuerdo cita expresamente el artículo de la Ley de Aguas que le sirve de cobertura.