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por la venta de billetes de avión electrónicos 08/11/2013junio 12th, 2017

La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a las dos socias de una agencia de viajes con sedes en Moguer (Huelva) y Valdepeñas (Ciudad Real), a tres años y seis meses y a dos años de cárcel, respectivamente, por estafar a un banco más de 770.000 euros por la venta de billetes de avión electrónicos.

La estafa se produjo a través del uso de un terminal de punto de venta (TPV) que previamente habían contratado con la entidad bancaria.


En la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia onubense, a la que ha tenido acceso Efe, se considera a ambas responsables de un delito consumado de estafa continuada y las obliga a devolver a la entidad bancaria la cantidad sustraída.

Considera probado que la socia de la agencia que tenía la sede en Moguer hizo entre el 29 de julio y 8 de septiembre de 2009, operaciones con cargo a tarjetas de crédito emitidas por entidades financieras extranjeras facilitadas por un cliente llamado C.F., cuya identidad no ha podido ser determinada y que en ningún momento estuvo presente ni firmó documento alguno.

El importe de las operaciones ascendió 684.236 euros de los que la acusada se apoderó mediante transferencias a otras cuentas bajo su control.

Cuando el banco tuvo conocimiento de las operaciones suspendió la TPV y rescindió el contrato teniendo que hacer frente al pago de 732.886 euros por retrocesión de operaciones.

En el caso de la otra acusada, las presuntas operaciones fraudulentas se extendieron durante agosto y septiembre del mismo año tras haber contratado también un TPV con el Santander, usando el mismo modus operandi y con tarjetas facilitadas por un cliente llamado J.D., que tampoco ha sido identificado, realizó operaciones por un importe de 42.908 euros.

El juez considera que, dando por buena la versión exculpatoria que ambas ofrecieron en el juicio, «es posible que existan terceras personas que hayan puesto en marcha la idea original de estos hechos, tras hacerse de modo ilícito con tarjetas auténticas con las que se adquirieron los billetes».

No obstante, considera que eso «no exculpa la intervención» de ambas quienes «actuaron con conocimiento de la fraudulenta utilización de las tarjetas y con la finalidad de obtener un rápido beneficio». EFE

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