Los hechos sucedieron «en fechas no determinadas del año 2007» y dos personas, cuyas iniciales son L.M.R.S. y J.M.H.G. decidieron, de común acuerdo con L.M.R.P. llevar a cabo un plan ideado previamente por éste y que consistía en secuestrar a F.H.S., quien entonces tenía 37 años e hijo de un conocido empresario de la construcción, con la finalidad de exigir a la familia de la víctima, para lograr su liberación, el pago de un rescate de 30 millones de euros, tal y como se expone en la sentencia que se ha conocido hoy.
Para llevar a cabo la detención de la víctima, L.M.R.P. les hizo saber a los otros dos procesados que contaban con un inmueble, situado en la localidad madrileña de Perales del Río, que había sido alquilado por él. Y entre los tres decidieron que para garantizar el éxito del secuestro había que realizar obras en el inmueble, con el objeto de insonorizar la zona del garaje y privarla de luz natural. De ahí que construyeran una pared de pladur, para evitar que desde el exterior se viera luz y oyeran ruidos y asegurarse el buen logro de la detención planeada.
Uno de ellos siguió los movimientos de la víctima durante tres meses e intentaron llevar a cabo el plan en alguna ocasión anterior al 25 de abril, pero sin éxito. Finalmente, el 25 de abril de 2008, L.M.R.S. y otra persona se apostaron estratégicamente en las inmediaciones del lugar de trabajo de F.H.S., en el camino de Ciempozuelos, en Seseña. Sobre las 14.15 horas, cuando F.H.S. circulaba a bordo de su Audi A-8 y a la altura del tanatorio de Seseña, L.M.R.S. le embistió con el vehículo que conducía y obligó a Francisco a detener el suyo.
Seguidamente, L.M.R.S. y el otro individuo se bajaron de sus respectivos vehículos y golpearon en repetidas ocasiones a F.H.S. para que éste se metiera en el maletero del BMW que ellos conducían. A pesar de ello, la víctima forcejeó con sus captores y consiguió zafarse, dándose a la fuga y frustrando así el propósito de sus captores, aunque no pudo evitar diversas heridas, por lo que tuvo que estar dos días hospitalizado y otros 12 sin poder desempeñar sus tareas habituales.
De ahí que L.M.R.S. haya sido condenado a tres años de prisión por un delito de secuestro; por falsedad, a seis meses de prisión; y por lesiones a una multa de un mes. L.M.R.P. fue condenado a tres años de prisión por secuestro; J.M.H.G. a un año y seis meses de prisión por secuestro; N.S.G. a un año y seis meses de prisión por secuestro; y M.J.B. a un año y seis meses de prisión por secuestro.