viernes, 18 de octubre de 2024
Sentencia ganada por el Colegio de Médicos de Toledo 07/10/2016junio 7th, 2017

Ocurrió en 2013 en Talavera. Entonces cuatro personas agredieron al médico de urgecias y al vigilante jurado del Hospital Virgen del Prado. A consecuencia de ello, el Juzgado de lo Penal número 3 de Toledo ha condenado a uno de los agresores a un año de prisión, por un delito de atentado, y a todos ellos a seis meses de prisión, por un delito de lesiones, con inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo, el pago de las costas procesales y la indemnización al médico agredido.

El Colegio Oficial de Médicos de Toledo ha informado de la sentencia ganada por su Asesoría Jurídica «en defensa de un profesional médico agredido en el ejercicio de su actividad profesional».


Así, el Juzgado de lo Penal número de Toledo, en Talavera, ha condenado a uno de los cuatro agresores por un delito de atentado a la pena de un año de prisión,

Además, ha condenado a los cuatro acusados por el delito de lesiones a la pena de seis meses de prisión para cada uno, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. La sentencia también les condena al pago de las costas procesales y a indemnizar al médico agredido.

Los hechos se remontan a 2013, cuando los cuatro procesados agredieron al profesional médico que prestaba servicio en las urgencias del Hospital Virgen del Prado de Talavera y al vigilante jurado de dicho centro hospitalario, recuerda el Colegio Oficial de Médicos de Toledo.

Desde este Colegio condenan «cualquier tipo de agresión» y hacen «un llamamiento a la población para acabar entre todos con este tipo de comportamientos que en nada ayudan a la práctica clínica diaria».

Por último, insisten «en la necesidad de abordar por parte de la administración sanitaria y de todos los actores implicados el problema de las agresiones en el ámbito sanitario y de esta manera implementar medidas para acabar con cualquier tipo de agresión, ya sea esta física o verbal, pues el respeto mutuo debe presidir en todo momento y ante cualquier circunstancia la relación entre las personas».

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