El asesino de la niña Olga Sangrador, de 9 años, Juan Manuel Valentín Tejero, preso en Herrera de La Mancha que fue condenado a 50 años de cárcel por la muerte, rapto y violación de la pequeña en 1992, quedará en libertad en las próximas horas, según ha decidido la Audiencia Provincial de Valladolid.
«Procede fijar el 12 de abril de 2012 como fecha de cumplimiento definitivo de las condenas» que cita la Sala en el auto, en el que establece que procede el licenciamiento definitivo por las mismas de Juan Manuel Valentín Tejero y fija su puesta «en inmediata libertad».
La resolución de la Audiencia, notificada hoy, recuerda que Valentín Tejero fue condenado en septiembre de 1983 por escándalo público a cuatro meses y un día de arresto mayor, condena a la que siguieron otras tres por abusos deshonestos -la mayor de las tres a siete años y dos meses de prisión y tres meses de arresto en junio de 1987-.
Explica que también fue condenado por violación a cuatro años de prisión menor y por abusos deshonestos a dos años y cuatro meses de prisión menor en junio de 1988.
En sentencia de 10 de septiembre de 1993, Valentín Tejero fue condenado por un delito de rapto a la pena de veinte años de reclusión menor y por un delito de asesinato a treinta años de reclusión menor -resolución referida a la muerte de Olga Sangrador en Villalón de Campos (Valladolid)-, que estableció como límite máximo de cumplimiento con arreglo al Código penal, la pena de treinta años para ambos delitos.
Todas estas sentencias son «firmes», se encuentran en fase de ejecución y han sido dictadas con anterioridad al 28 de febrero de 2006, fecha en la que se introduce por el Tribunal Supremo la conocida como ‘doctrina Parot’, explica el auto de la Sala Segunda de la Audiencia provincial vallisoletana.
Argumenta que en todas estas sentencias se aplicó el Código Penal derogado en 1973, por lo que todas ellas se ven afectadas, a los efectos de fijación de la liquidación de condena y fecha de cumplimiento de la pena, por el contenido del acuerdo de la Sala General del Tribunal Supremo de 12 de noviembre pasado.
Esta circunstancia «lleva necesariamente a este Tribunal, en base a dicha doctrina del Tribunal Supremo, a fijar el día 12 de noviembre de 2012 como fecha de cumplimiento por parte de Juan Manuel Valentín Tejero de todas las penas impuestas en los procedimientos citados, a la vista además de la documentación remitida por el Centro Penitenciario de Herrera de la Mancha -donde cumple condena-.
En los fundamentos de derecho del auto, el tribunal se refiere a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del pasado 21 de octubre por el caso de la etarra Inés del Río y al acuerdo adoptado posteriormente por la Sala General del Tribunal Supremo el pasado noviembre.
Antes de que el Tribunal de Estrasburgo dictara la resolución sobre la denominada «doctrina Parot», el Tribunal Supremo confirmó el pasado marzo la decisión de la Audiencia de Valladolid de mantener en prisión hasta 2025 a Valentín Tejero, al aplicar esta doctrina, y estableció que los beneficios penitenciarios no se descontaran del límite máximo de cumplimento efectivo, 30 años de cárcel, sino del total de las penas impuestas.
Tras conocer el auto de la Audiencia, contra el que cabe recurso de súplica en tres días, el letrado de oficio del condenado ha explicado a los periodistas que Valentín Tejero quedará en libertad en las próximas horas.
El pasado 27 de octubre, cerca de un millar de personas se manifestó en el pueblo de la pequeña, Villalón de Campos (Valladolid), contra el reciente fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.