miércoles, 27 de noviembre de 2024
Tres y cuatro años y medio de cárcel para dos hermanas 30/12/2014junio 8th, 2017

La Audiencia Provincia de Cuenca ha condenado a tres y cuatro años y medio de prisión respectivamente a M.Z.G. y J.Z.G., dos hermanas de origen colombiano, por haber introducido ilegalmente cocaína en España, a través de un paquete postal, en diciembre de 2013.

La sentencia, fechada el pasado 19 de diciembre, condena asimismo a M.Z.G a pagar una multa de 16.000 euros y 32.000 a su hermana J., que cuando sucedieron los hechos estaba en prisión cumpliendo condena por otro delito contra la salud pública emitida por la Audiencia Provincial de Madrid.


Según el relato de los hechos, la menor de las hermanas, de 33 años, contactó desde prisión con personas desconocidas que enviaron desde Argentina un paquete con la droga a la dirección de Cuenca donde trabajaba como cuidadora la hermana mayor, de 44 años y sin antecedentes penales.

En el auto, el juez considera que ambas hermanas participaron de manera «directa, material y voluntaria» en la recepción del paquete que contenía dos tabletas de cocaína con un peso de 181,01 gramos, y además en el caso de J.Z.G. existe el agravante de reincidencia, porque ya estaba en la cárcel con una sentencia firme de mayo de 2013 por el mismo delito.

La sentencia considera probado que el 3 de diciembre de 2013 fue detectado en el Aeropuerto de Barajas el paquete, procedente de Argentina y con destino Cuenca, que contenía la cocaína.

Un día más tarde, con autorización judicial, un agente de la Policía Nacional se presentó en la dirección haciéndose pasar por funcionario de Correos para entregar el paquete.

Éste fue recogido por M.Z.G., que argumentó que la destinataria era la mujer que cuidaba y no podía bajar a recogerlo, según reconoció la propia condenada en la vista oral.

La mayor de las hermanas ingresó en prisión provisional el 6 de diciembre de 2013, y ha sido finalmente condenada a tres años y un día, pese a que en principio el Ministerio Fiscal había pedido cuatro años de cárcel.

Respecto a J., no reconoció los hechos y argumentó que pensaba que el paquete contenía papeles y que había sido una conocida la que le había pedido el favor de recibirlo en casa de su hermana.

El juez considera en el auto que sus explicaciones carecen de sentido «pues nadie acepta, máxime cuando te encuentras en prisión y de una simple conocida (_) un encargo semejante a título de mero favor».

Asimismo, recuerda que el valor de la droga, que habría superado los 16.000 euros en el mercado ilícito, hacen deducir desde el punto de vista de los remitentes que la entrega «tenía que hacerse a una persona de confianza y garantía, y que resulte lógico pensar que fue informada de su verdadero contenido para que extremara las medidas de cuidado y vigilancia del paquete».

La sentencia no es firma y se puede recurrir ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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