La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de siete años de prisión, impuesta por la Audiencia Provincial de Cuenca, al hombre que agredió a otro con un botellín de cerveza en 2015 y le causó la pérdida de un ojo.
Según la sentencia del alto tribunal, la Sala confirma también el pago de una indemnización de 114.191 euros y la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros y de comunicarse con su víctima durante nueve años.
Los hechos ocurrieron el 30 de mayo de 2015, sobre las 20 horas, cuando el acusado, de nacionalidad dominicana, había asistido a la celebración de una primera comunión en un restaurante de Cuenca y discutió con la víctima, también de la misma nacionalidad, en las inmediaciones de un bar.
Después de recriminarle que hubiera discutido con su entonces pareja sentimental en el interior de ese local, le golpeó en la cara con un botellín de cerveza que se rompió y el filo del cristal le alcanzó en el ojo derecho, causándole la ablación del mismo y obligándole a estar casi tres meses hospitalizado.
En la sentencia, el juez Alberto Jorge Barreiro indica en su ponencia que la versión exculpatoria que ofreció el acusado, que dijo que se retiró del lugar al comenzar una discusión entre la víctima y una persona que apareció fuera del local que le pidió un cigarro, es
[ze_summary text=»La versión exculpatoria fue inverosímil, fingida, irreal e improvisada»]La versión exculpatoria fue inverosímil, fingida, irreal e improvisada[/ze_summary]Considera que es «increíble», y que no hay atisbo de la aparición de un sujeto que, después de pedir un cigarrillo, «le acaba sacando un ojo agrediéndole con un botellín en la cara».
La Sala, por tanto, desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado y en el que alegaba indefensión, falta de imparcialidad del tribunal, vulneración del derecho a un juez imparcial, a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia.