La Junta pone en marcha una plataforma para tramitar ERTE por rebrotes
Aquellas empresas y autónomos que, a partir del 1 de julio de 2020, hayan visto impedida su actividad como consecuencia de nuevas restricciones o medidas de contención por parte de las autoridades, como es el caso del decreto 49/2020, del 21 de agosto que entró en vigor el pasado domingo, pueden presentar un ERTE por causa de fuerza mayor siempre que justifiquen que la normativa les impide el desarrollo de su actividad